Con la firma del presidente de la República, Luis Lacalle Pou, y el involucramiento de varios ministerios, quedó reglamentada la norma que dispone el decomiso definitivo, venta, donación o faena de los bovinos, ovinos, porcinos o equinos que se encuentren en la vía pública o vertederos municipales y no sean reclamados por su propietario en un plazo de 72 horas. La normativa explica que los animales que se alimentan de residuos en los basurales, “constituyen un riesgo de vehiculizar enfermedades infecciosas de importancia para la ganadería y la economía nacional”. Incluso aquellos que “se encuentren en rutas, calles o caminos, no solo generan riesgo de difusión de enfermedades en otros animales y en humanos, sino que han provocado graves accidentes de tránsito, causando –en ocasiones– la muerte de animales y personas”. Las autoridades departamentales se encuentran a estudio de la resolución, ante la reciente fecha de su reglamentación.